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domingo, 3 de noviembre de 2013

PAGO DE CTS A PERSONAL PNP

PAGO DE CTS A PERSONAL PNP

Como se tiene conocimiento que de a cuerdo al DL 1132 del 09DIC2012 el personal PNP que pase al retiro a partir del 02ENE2014 percibirá el pago de una CTS por ello debe tener en cuenta los siguientes artículos de la citada ley:

Artículo 9º.- Beneficios

c) Compensación por Tiempo de Servicios
(CTS).- Se otorgará por única vez al momento en que el personal militar o policial pase a la Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) establecida en la Ley N° 28212 y los años completos de servicio prestados, la cual será calculada en función de la remuneración base para la CTS regulada en el artículo 21° de la presente norma.

Disposiciones complementarias finales

CUARTA.- Vigencia de la Compensación por Tiempo de Servicios Suspéndase la vigencia del literal c) del artículo 9° de la presente norma hasta el primero de enero de 2014. En tanto dure la suspensión a que se refiere el párrafo anterior se mantendrá vigente el literal d) del artículo 5° del Decreto Supremo N° 213-90-EF.

Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, Reglamento del DL 1132 

Artículo 13º.- Compensación por Tiempo de Servicios
La Compensación por Tiempo de Servicios es otorgada por única vez y de conformidad con lo previsto en el artículo 21º del Decreto Legislativo al personal militar y policial al momento en que pasa a Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público establecida en la Ley Nº 28212 y los años completos de servicios prestados.

-Como se puede notar en las citadas leyes para el pago de las CTS se hace mención la Unidad de Ingresos del Sector Publico (UISP), y que el Poder Ejecutivo para el año 2014 mediante el Decreto Supremos Nº 092-2013-PCM de fecha 20AGO2013 a fijado en S/. 2600.00 (DOS MIL SEISCIENTOS NUEVOS SOLES) Norma que publicamos a continuacion:

Cuadro Frío Ascenso Suboficiales 2014

Cuadro de Merito SO PNP 2014

Aquí le presentamos el Cuadro Frío con sus diferentes factores deseándoles éxitos en su ascenso y que oportunamente les presentaremos el Cuadro de Mérito Definitivo.

Para ubicar el nombre del SO PNP haga click en la pestaña "Edita" y luego Click en "Buscar" o sino teclee "Ctrl+F".









Calculo de Nota Final

Ley de Personal de la PNP

Extacto.

Artículo 54º.- Nota final
La puntuación obtenida del promedio de los factores rendimiento profesional, formación académica, experiencia para el servicio policial, moral y disciplina, y antigüedad tiene coeficiente ocho (8), resultado que se suma a la nota del examen de conocimientos que tiene coeficiente dos (2). La nota final es obtenida de la sumatoria de los coeficientes señalados dividido entre diez (10).

1.       Factor rendimiento técnico : (2)
2.       Factor formación académica: (2)
3.       Factor experiencia para el servicio policial: (2)
4.       Factor Moral y disciplina: (3)
5.       Factor Antigüedad: (1)

Con esta Formula se puede calcular su Nota Final:


jj
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jueves, 31 de octubre de 2013

Entrega del Dinero de FOSERSOE - 2014

Entrega del Dinero de FOSERSOE - 2014

Que con fecha 15 de abril de 2013 se publico el Informe Nº 01-2013-FOSERSOE donde se da ha conocer la situación económica financiera del FOSERSOE la que nos es favorable, dinero que de acuerdo a ley se entregara a partir del 02 de enero de 2014 previa promulgación del Decreto Supremo que lo reglamentara dando así cumplimiento al Decreto Legislativo Nº 1132 de fecha 09DIC2012 :

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

SÉTIMA.- Aportes al Fondo de Seguro de Retiro, Compensación y Cesación

A partir de la vigencia de la presente norma, déjese sin efecto la obligación de efectuar los aportes del personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, así como los de situación disponibilidad o de retiro, a los Fondos de Seguro de Retiro, Compensación y Cesación, así como los aportes del Estado correspondientes al personal militar y policial.
Como consecuencia de lo anterior, dispóngase a partir del 02 de enero de 2014 la entrega del beneficio que otorga el Fondo de Seguro de Retiro, Compensación y Cesación a favor del personal militar y policial, según las reglas que se determinen mediante decreto supremo a propuesta de los Ministerios de Defensa e Interior.

DECRETO SUPREMO
Nº 013-2013-EF

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

PRIMERA.- Balance de los Fondos de Seguro de Retiro

Dispóngase que en un plazo indefectible que vence el 15 de abril de 2013, la Comisión Consultiva de los Fondos de Seguro de Retiro y Cesación de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú deberá publicar un informe acerca de la situación económica y financiera, así como el Balance General y Cuenta de Resultados auditados de dichos fondos, en los portales institucionales del Ministerio de Defensa y del Interior según corresponda, bajo responsabilidad.

Jueves 31 de octubre del 2013 | 09:17


En estos documentos se puede apreciar el SALDO TOTAL de FOSERSOE S/. 794,766,488.25  y de manera mas detallada se puede observar un cuadro porcentual de las inversiones en las diferentes entidades bancarias.